Versos del 1 al 2
La palabra hebrea que ha sido traducida como “ordenanzas” (“leyes”) es “mishpatim”.
En la Torá aparecen varias palabras que hablan de los mandamientos que YEHOVAH DIOS ha dado a su pueblo.
Las dos (2) palabras más comunes son:
1. Torá (en plural: “torot”) significa “instrucción”, “norma”, “ley”. Viene de la raíz “yará”, “señalar”. Hace referencia a varias cosas.
2. La instrucción general entregada al pueblo de Israel La Torá de Moisés, los cinco (5) libros de Moisés, el Jumash, el Pentateuco, “la ley”.
En el idioma hebreo no hay diferencia entre esclavo y siervo.
Los hijos de Israel fueron esclavos en Egipto, en el sentido de que no tenían el derecho ni la libertad para dirigir sus propias vidas.
Un esclavo es propiedad de otra persona. En ese sentido, los hijos de Israel ya no podían ser esclavos, puesto que en el caso de llegar a ser vendidos como “siervos” no sería para siempre, sino sólo hasta el año shemita, remisión, que cae cada séptimo año.
Tenían el derecho de obtener vivienda, ropa, comida y lo necesario para su vida personal, pero nada más, a cambio de un servicio de 24 horas al día.
No sólo su amo debía concederle la libertad, sino, que estaba obligado a proporcionarle provisiones provenientes del ganado, de la era y del lagar (Deuteronomio 15, 12-15) a fin de que pudiera comenzar de nuevo su vida.
Era diferente la situación de los siervos adquiridos de las otras naciones y especialmente de los sobrevivientes de las naciones que no fueron exterminados durante la conquista.
Ellos, no podían ser liberados ni en el año de shemita ni en el año de Jubileo. En ese sentido se podía hablar de esclavitud, porque fueron propiedad de sus dueños, igual que un objeto o un animal (Éxodo 21, 21).
El concepto de siervo o esclavo en la sociedad hebrea, era muy diferente al concepto de esclavitud, que se ha vivido en la edad media, especialmente con las ventas de los esclavos de África para América.
Por contraste, YEHOVAH DIOS, protegió cuidadosamente los derechos de los esclavos hebreos y aún hizo, que la suerte de los esclavos extranjeros fuera mucho más agradable, que en cualquier otra nación.
El trato duro estaba expresamente prohibido (Levítico 25, 43). Para el amo, todavía el esclavo era su “hermano”.
Además, al pagar el precio del rescate de un esclavo, debía computársele el tiempo que había servido a su amo “valorando sus días de trabajo como los de un jornalero” (Levítico 25, 50).
El cálculo del precio del rescate incluía el tiempo que faltaba hasta el año del Jubileo (Levitico 25, 48- 52).
El espíritu de estas leyes acerca de los esclavos es el mismo que expresa Pablo en Colocenses 4, 1 y el que enunció al enviar al esclavo cristiano Onésimo de vuelta a su amo cristiano Filemón (Filemón 1, 8- 16).
En esta porción, vemos como un esclavo en la sociedad hebrea, tenía que ser tratado con respeto y aún poseía sus derechos legales, a diferencia de los esclavos de los gentiles.
Versos del 3 al 6
En los Vs 3 al 4, se refiere a una mujer hebrea. El amo se hace responsable incluso para sostener a la esposa, durante el tiempo de su servidumbre.
Aquí algunos dicen, que se refiere a una mujer no hebrea, que el amo le entrega con el fin de obtener hijos esclavos, que se queden con él después de la liberación del siervo hebreo.
El Vs 5 muestra que un siervo hebreo, podía tener el deseo de seguir siendo propiedad parcial de otro, porque le beneficiaba, en lugar de querer ser libre.
En el año de Remisión, era marcado en el lóbulo de su oreja, como una señal y así serviría en la casa de su amo hasta el año de Jubileo, que caía cada cincuenta (50) años.
De esta manera un siervo hebreo nunca llegaría a ser propiedad absoluta de otra persona.
Como siervo no tenía la responsabilidad de su propio sostén económico y para algunas personas era preferible, antes que tener que buscarse la vida. Para él, era una situación cómoda.
De este texto aprendemos también, que si un hombre tiene la oreja perforada es una señal de esclavitud.
La única manera para que un hombre hebreo pueda ser vendido como siervo, es si ha robado algo y no tiene con qué pagar para restituir el robo.
Entonces el tribunal “Beit Din“, tiene la obligación de venderle como siervo por el valor de su robo (Éxodo22, 3). Este mandamiento no aplica a las mujeres.
El pueblo hebreo fue sacado de Egipto para ser libre.
Esta decisión va en contra de la perfecta voluntad de YEHOVAH DIOS. Por eso fue marcado en la oreja.
Ante la decisión del esclavo de no ser liberado, el amo había de llevarlo ante “los jueces“, quienes, como representantes de YEHOVAH DIOS, administraban justicia y servían como testigos en las transacciones legales como en este caso.
Horadar la oreja junto al poste, uniéndolo así físicamente a la casa, por así decirlo, lo convertía en un residente estable del hogar, marcándolo como tal mientras viviera.
La oreja perforada testificaba de un corazón perforado. El signo de la esclavitud se convertía en la insignia del amor.
Tal fue el caso de nuestro Señor Yeshúa Ha Mashiaj como el “siervo” sufriente (Isaías 42, 1; 53, 10. 11), quien por el amor que tuvo por sus hijos e hijas nacidos en la tierra (Hebreos 12, 2, 3) fue grandemente exaltado (Filemón 2, 7-9; Hebreos 5, 8, 9).
Versos del 7 al 11
Si una familia hebrea llega a ser muy pobre, podrá vender una hija como sierva antes de que tenga doce (12) años, con el propósito de que luego se case con el amo o con el hijo del amo.
Esto la ayudaría en su situación penosa. No saldrá libre como salen los siervos, no significa que no pueda salir en el año shabático.
Si el amo de la sierva hebrea no quiere casarse con ella, según la intención inicial o si el hijo no quiere casarse con ella, no podrá ser vendida a otro, entonces estaba obligado literalmente a permitirle “su redención“.
Debía buscar a alguien que la comprara, desligándose así de la obligación del casamiento.
Originalmente el amo podría haber conseguido a la esclava con ese propósito o no agradándole para sí mismo, podría haberla dado a su hijo. En cualquiera de estos casos, había de ser tratada como una hija de la familia.
Las tres cosas son, destinarla para sí Vs 8, destinarla como esposa para su hijo Vs 9, o reducirle del monto de su rescate, con lo cual ella hubiera salido libre Vs 8.
Si el amo no hace una de estas tres cosas por ella, tendrá que salir libre sin que se pague un dinero de rescate por ella.
Versos del 12 al 13
Las leyes sociales dictan sentencias por hechos concretos. YEHOVAH DIOS ha delegado al hombre la autoridad de ejecutar su ira, contra ciertos crímenes que se cometan.
Literalmente, “si YEHOVAH DIOS le permite caer”. Esto sólo indica que EL si lo había permitido, que el muerto cayera de improviso en las manos del que lo mató, sin que el homicida deliberadamente hubiera estado “en acecho” para matar.
No era considerado como asesinato el que un hombre, involuntariamente, hiriera a su enemigo y lo matara, sino homicidio sin premeditación o justificable.
Versos del 14 al 17
El que deliberada e intencionalmente quitaba la vida humana, había de ser tomado aún en el Altar (que de lo contrario era un lugar de seguridad) si se refugiaba allí y debía ser castigado irremediablemente.
Si una persona golpearé a alguno de sus padres. Esto implica una deliberada y persistente oposición a la autoridad paternal.
En éste y en los dos versículos siguientes se trata de otros delitos capitales.
Herir no significa matar, crimen del que se trata en el Vs 12. Sin embargo, el severo castigo por golpear hace resaltar con nitidez la dignidad y autoridad de los padres.
Robar o secuestrar hombres para convertirlos en esclavos era un crimen antiguo y difundido (Génesis 37, 25-28).
Los robados generalmente eran extranjeros. Secuestrarlos no se consideraba un delito legal. Sin embargo, si la persona secuestrada era un compatriota, el castigo era severo (Deuteronomio 24, 7).
Puesto que los padres están en el lugar de YEHOVAH DIOS para sus hijos, durante sus primeros años, el castigo por maldecirlos es equivalente al castigo por blasfemar el nombre de YEHOVAH (Levítico 24, 16).
Versos del 18 al 19
El uso de una piedra o del puño indica la ausencia de un designio premeditado de matar, como hubiera sido si el arma hubiese sido preparada para eso.
Si moría, el agresor era juzgado por asesinato, pero si se reponía, se le imponía una multa para compensar el tiempo perdido por el herido.
Versos del 20 al 21
El castigo administrado con varas podía resultar fatal para algunos, debido a un sistema nervioso particularmente débil.
Puesto que el amo había pagado una suma de dinero por el esclavo, si el esclavo vivía un día o dos después del castigo, el dueño no quedaba sujeto a castigo.
Versos 22 al 25
En este caso el niño abortado no es vengado con la pena capital. El agresor tendrá que pagar una multa por el valor del feto, según lo que los jueces decidan, en el caso de que el marido haga una demanda ante el “Beit Din”, la corte de justicia.
Aquí no se refiere a tomar los órganos del otro en recompensa por un daño hecho, sino de pagar con dinero el valor del miembro dañado, según la disminución del valor de la persona en comparación con una persona intacta, en el caso de que hubiese sido vendida en un mercado.
Un dolor físico, “tsaar”, también tendrá que ser recompensado, según la cantidad de dinero que una persona como ella desearía recibir a cambio de sufrir el mismo dolor.
Una herida, en hebreo “petsa”, es una lesión que saca sangre y golpe, en hebreo “jaburá”, es una lesión que acarrea la coagulación de la sangre interiormente y hace enrojecer la carne que está sobre ella.
Versos del 26 al 32
En el Vs 26 se refiere a un esclavo “kenaaní”, no hebreo, como hemos dicho antes.
A parte, del ojo y el diente lo mismo se aplica también respecto a la pérdida de las puntas de veinticuatro (24) órganos, los dedos de las manos y los pies, las orejas, la nariz y el miembro viril.
Si el propietario sabía que el animal era peligroso y requería vigilancia, sin embargo, por negligencia descuidó vigilarlo de la debida manera, era considerado culpable como si hubiera contribuido al homicidio y por lo tanto, merecía la muerte.
En el Vs 32 se establece el sólido principio de que un hombre es responsable de los resultados previsibles de sus acciones.
Puesto que era improbable castigar a un hombre dándole muerte, por la falta cometida por un animal, sin importar cómo hubiera sido el descuido de su dueño, se hacía una provisión para el pago de un “precio” como una multa, cuyo monto estaba de acuerdo con el valor de la vida quitada.
Se trata de esclavos caananeos. En el caso de siervos hebreos habría que pagar el rescate para su liberación.
Versos del 33 al 37
Literalmente, “deja abierto un pozo”. El resto del capítulo trata de los daños a la propiedad, que entre los hebreos consistía principalmente en rebaños y manadas.
En Palestina eran necesarios pozos o cisternas para depósitos de agua. Generalmente estaban cubiertos con una piedra plana.
Era el deber del que sacaba agua volver a cubrir la cisterna después de haber sacado el agua.
En los campos desprovistos de cercos de Palestina, siempre era posible que se extraviara el animal de un vecino y se dañara debido a la negligencia ajena.
Incapaz de salir por sí mismo, podía ahogarse un animal que caía en una cisterna.
El dueño de la cisterna debía indemnizar por la pérdida del animal y recibía el cadáver.
Los dos propietarios en cuestión debían dividir entre ellos el valor, tanto del buey vivo como del muerto y compartir la pérdida por partes iguales.
Sin embargo, si se sabía que uno de los animales era acorneador, el dueño que sufría la pérdida había de recibir compensación plena, pero perdía su parte en el cuerpo muerto.